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A la par de los artilugios jurídicos a los que pueden recurrir tanto los Estados como los propios individuos reclamados para conseguir o evitar la extradición, existen prácticas extrajurídicas ampliamente utilizadas por los gobiernos para allegarse de manera rápida de los individuos reclamados; tales prácticas son la entrega casual y el secuestro transfronterizo. En el primer caso, los Estados acuerdan la entrega o intercambio de delincuentes al margen del ordenamiento jurídico aplicable.

En esta etapa la SRE se encuentra facultada para analizar que la solicitud y/o petición de extradición cumple con los requisitos establecidos en los Tratados Internacionales o los requisitos en materia de extradiciones del país requerido.

La extradición en México puede ser negada en casos donde se considera que la persona solicitada podría ser víctima de tortura, pena de muerte o cualquier forma de trato cruel o inhumano en el país solicitante.

Los requisitos que se deben cumplir para formular una solicitud de extradición nacen de los Tratados Internacionales en la materia y a falta de éste, en lo dispuesto por la Ley de Extradición Internacional, así como en el principio de reciprocidad internacional.

R: La persona debe ser acusada de un delito en el país que solicita la extradición, y ese delito debe estar contemplado en la ley mexicana. También debe ser ciudadano del país que solicita la extradición o haber cometido el delito en ese país.

En algunas ocasiones en esta etapa los reclamados consienten en su extradición y se agiliza su entrega.

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* Al meditar sobre estos criterios documenté que hace algún tiempo, en ocasión del proceso de extradición del presunto felony argentino Ricardo Miguel Cavallo, requerido a México por el gobierno de España, el señor ex ministro de la SCJN, Juventino Castro y Castro declaró que tal petición se obsequiaba en virtud have a peek at this web-site del "principio de la jurisdicción common", lo cual causó desconcierto en los medios especializados pues, como bien sabemos, tal principio es un derecho de los Estados a detener, juzgar o entregar para su enjuiciamiento a un presunto responsable de un crimen internacional grave y pernicioso independientemente del lugar en que hubiera sido cometido, la nacionalidad de la víctima o del propio infractor; en tanto que, la extradición, que es lo que en el caso Cavallo estaba en proceso, descansa en el principio aut dedere aut judicare, que es un deber u obligación que tiene un Estado para extraditar a un sujeto requerido have a peek at this web-site por otro Estado para su juzgamiento o castigo y con el cual, preferentemente, existe un tratado de extradición.

Por otro lado, las izquierdas son alérgicas al tema de “ley y orden” dado que fueron víctimas de policías y militares y con ello tienden a reducir importancia a la represión y ven la droga como un problema que no es suyo.

La decisión de extradición es tomada por el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores. La Secretaría debe evaluar la solicitud y tomar en cuenta Source los intereses del Estado mexicano y de la persona acusada.

La PGR es la que debe conocer de conformidad a lo establecido en nuestra Constitución Política, pues es la facultada para intervenir en los procedimientos de extradición.

Lo que inicialmente fue un gran éxito de la policía española se ha convertido en un fiasco por culpa de un desajuste judicial. Karim Bouyakhrichan, alias Taxi, considerado uno de los principales capos de la Mocro Maffia y, por ello, uno de los delincuentes más buscados por las autoridades de Países Bajos, está en paradero desconocido después de que fuera excarcelado tras una supuesta descoordinación entre la Audiencia Provincial de Málaga ―que ordenó su puesta en libertad menos de mes y medio después de que ingresara en prisión por blanqueo de capitales en España― y la Audiencia Nacional ―que tramitaba la extradición que habían solicitado las autoridades del país europeo―, según ha adelantado la Cadena SER y ha confirmado EL PAÍS en fuentes policiales y judiciales.

Realmente hay poco que decir ante lo apresurado y tajante de estos comentarios del más puro corte positivista que ignoran por completo la naturaleza, alcance y utilidad de todas las fuentes del derecho internacional; recursos éstos sumamente eficientes para resolver controversias entre Estados, pero cuando se hallan en las manos de jueces internacionales altamente calificados como lo han sido, por ejemplo, Gilbert Gillaume, Eduardo Jiménez de Aréchega o el mexicano Bernardo Sepúlveda, quien actualmente ocupa un honroso asiento en el máximo Tribunal de las Naciones Unidas.

Se debe aclarar que cada país cuenta con su propio procedimiento interno de extradición en el que se definen las instancias a las que pueden acudir los extraditables.

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